Dr. Silvio Cuneo
Profesor Derecho Penal, UCEN
Ante un crimen horroroso, además de lamentar lo sucedido, resulta urgente tomar medidas para prevenir situaciones similares y esperar que se haga justicia y que el autor o autores de los delitos sean sancionados como corresponde. Sin embargo, por más que las emociones puedan nublar los pensamientos, sería una crueldad, una injusticia y un error estratégico utilizar el dolor de las víctimas para impulsar políticas criminales inútiles con la única finalidad de generar una sensación de seguridad.
Esta comprensión simplista del fenómeno criminal y punitivo, basado en una lógica de juegos de suma cero, nos hace pensar que solo hay dos opciones: o se está de parte de las víctimas, o se está de parte de los delincuentes. Obviamente, la clase política, siempre sedienta de apoyo popular, optará por mostrarse como defensora de los inocentes, promulgando nuevas leyes en la ruta progresiva del autoritarismo penal. No obstante, nada puede resultar más equivocado que seguir este camino, si lo que en verdad queremos es disminuir los índices de violencia y delincuencia futura. Así lo ha señalado de forma permanente la sociología, la criminología y la política criminal.
Desde la década del 40 del siglo pasado se han venido haciendo distintos trabajos de campo en las cárceles y los resultados, aunque con diversas especificidades, coinciden en los efectos criminógenos que produce la prisión. De manera prácticamente unánime la conclusión de dichos estudios es que la cárcel empeora a sus internos e internas. Al mismo tiempo, numerosos estudios han demostrado que mientras más largas son las penas privativas de libertad, mayores son los niveles de reincidencia. Por lo mismo, esperando bajar los índices de delito, se ha optado en casi todo el mundo occidental por buscar mecanismos que permitan una liberación anticipada de las personas encarceladas. Estos sistemas alternativos a la cárcel, mediante el cual una persona condenada puede cumplir parte de la condena fuera de la prisión, supervisados y bajo condiciones adicionales, han demostrado tener índices de reincidencia más bajos en comparación con quienes cumplen una pena completa.
Lo señalado anteriormente, respaldado con cifras y estudios científicos, es lo que justifica una institución como la libertad condicional. Si bien no existe sistema alguno que pueda eliminar la delincuencia, y que casos puntuales tan horrorosos como el crimen contra Ámbar pueden hacernos pensar que la culpa la tiene una liberación anticipada de un condenado o condenada, lo más probable es que, sin libertad condicional, los índices de homicidios, violaciones y de otros delitos violentos, serían aún mayores.